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Trabajos Pesados

 
 
  Son Trabajos Pesados:

Los que producen desgaste orgánico excepcional, por requerir esfuerzo físico excesivo.

Los que se realizan sometidos, en forma habitual, a temperaturas excesivamente altas o bajas.

Los que se ejecutan habitual o integralmente de noche.

Las labores subterráneas o submarinas-

Las que se desarrollan en alturas superiores a 4.000 metros sobre el nivel del mar.

 
 
 
 
Cabe hacer presente que aquellas actividades que no se encuentren incorporadas a la Lista Oficial de Trabajos Pesados, y que reúnan una o más de las características antes señaladas, no son considerados como trabajo pesado, para lo cual se requiere solicitar un informe técnico al Ministerio de Salud correspondiente al lugar donde se prestaron los servicios. Luego se solicita al Director Nacional del INP, en el caso de que el Informe Técnico sea favorable, la Resolución Exenta que incorpore la o las actividades informadas a la Lista Oficial de Trabajos Pesados.
 
     
  Material Audiovisual para ver:  
     
   
   
   
 
   
   
   
 
 
 
 
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